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Contratos de adopción, obligación del los centros a la esterilización y registros “comprobando que se cumplen las condiciones de bienestar y condiciones higiénico-sanitarias” de los animales.

 

Uno de los objetivos de la nueva Ley de Bienestar Animal, aprobada el pasado marzo, es fomentar la adopción y acogida de animales de compañía, en lugar de su compra para contribuir a “que los animales no identificados sean la excepción a una normalidad donde la mayoría de ellos estén identificados y con sus tratamientos veterinarios al día”.

 

La adopción y la compra solo se podrán realizar por “profesionales de la cría, tiendas especializadas autorizadas o centros de protección animal”.

 

En todos los casos, deberá hacerse a través de un contrato de adopción, que incluirá “los derechos y obligaciones de ambas partes”.

 

De este modo, queda prohibida la adopción de animales no identificados y registrados previamente.

 

En las cesiones gratuitas, una práctica muy frecuente, también deberá firmarse un contrato entre las partes. Además, no se podrán ceder perros, gatos y hurones “de menos de ocho semanas de edad”.

 

Los nuevos trámites para centros de proyección animal:

 

Si en la adopción interviene una tienda especializada, los animales no podrán quedarse ni dormir en el local.

 

En cambio, si la tienda colabora con un centro de protección animal, podrán alojarse en él siempre que la tienda solo ofrezca animales en adopción, y lo señale claramente, se encuentren en una zona separada de los productos y accesorios para animales, cumpla con las condiciones de cuidado y atención y tienda no reciba ningún tipo de pago, ni por la estancia ni por la adopción (salvo gastos veterinarios).

 

Los Centros de Protección Animal:

 

En el caso de estos centros, la nueva ley establece que deberán estar inscritos en un registro nacional ,que facilitará “el proceso de adopción de animales de compañía con máximas garantías”, entre otras condiciones.

 

Los animales se entregarán con un contrato de adopción, identificados según la normativa vigente.

 

En el caso de perros, gatos y hurones, será obligación del centro esterilizar al animal antes de entregarlo en adopción, en el caso de que sean demasiado jóvenes para la intervención, las dos partes deberán “suscribir un compromiso de esterilización o no reproducción”. En caso de duda, el criterio lo tendrán siempre los veterinarios.

 

Los centros llevarán un registro de animales dados en adopción y realizarán un seguimiento de los ejemplares, “comprobando que se cumplen las condiciones de bienestar y condiciones higiénico-sanitarias”. En caso de detectar perjuicios hacia el animal, deberán denunciarlo a las autoridades para que se apliquen las correspondientes sanciones.

 

Seguro para perros:

 

Otra novedad de esta nueva ley es que a partir de 29 de septiembre de 2023, todos los propietarios de perros deberán tener contratado un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros.

 

La ley obliga a todos los propietarios “durante toda la vida del animal”, a contratar y mantener en vigor “un seguro de responsabilidad civil por daños a terceros, que incluya en su cobertura a las personas responsables del animal, por un importe de cuantía suficiente para sufragar los posibles gastos derivados”.

 

El ministerio calcula que un seguro de este tipo se mueve en una horquilla de precios que oscilan entre los 15 y 20 euros, “salvo que sean perros de raza potencialmente peligrosos, que pueden ser más altos”.

 

Artículo realizado por:

 

 

 

Créditos y fuentes:

 

DOCUMENTACIÓN: https://www.infobae.com

✅ IMÁGENES: https://www.freepik.es/

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Pilar Giménez